Más de dos millones de colones en multas para Herediano tras la final

Foto: Steban Castro.
No perdonaron. UNAFUT cumplió su advertencia que si los aficionados invadían la cancha, la entrega del trofeo sería en otro lugar. Foto: Steban Castro.

Un total de dos millones doscientos cincuenta mil colones, deberá cancelar el Club Sport Herediano en multas, tras analizados los informes del juego final del Campeonato Banco Popular Verano 2016 ante Liga Deportiva Alajuelense.

El juego, disputado el pasado sábado 14 de mayo, que culminó con la obtención del título 25 para Herediano, contó con invasión de aficionados, irrespeto a las zonas amarillas de seguridad, ingreso de objetos no permitidos y una serie de faltas a la hora de la premiación, que fueron castigados por el Tribunal Disciplinario.

A continuación, el detalle de las sanciones:

CLUB SPORT HEREDIANO

Al equipo:

Una multa de ¢100.000.00 (CIEN MIL COLONES), por la invasión masiva de público al terreno de juego, al finalizar el partido, lo que no alteró el desarrollo normal del partido, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 68 inciso a), del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015 2016.

Una multa de ¢200.000.00 (DOSCIENTOS MIL COLONES), por incumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento de Competición sobre el desalojo y respeto de las zonas amarillas y de seguridad en cada uno de los estadios a efecto de garantizar el libre tránsito en esos espacios, siendo ésta la cuarta vez, de conformidad con el artículo 65 inciso d), del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016. La primera vez en la jornada #14, el día 11/03/2016, la segunda en la jornada 18, el día 09/04/2016 y la tercera en la jornada Semifinal Vuelta, el día 04/05/2016.

Una multa de ¢200.000.00 (DOSCIENTOS MIL COLONES), por no tomar las medidas necesarias de seguridad que impidan o permitan en sus estadios el expendio o ingreso de artículos no permitidos en un estadio, como por ejemplo pero no limitados a (…): c) pancartas, mantas o banderas que superen los 2 metros por 1,5 metros de tamaño, siendo ésta la tercera vez, de conformidad con el artículo 55, punto tres, inciso c) del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015- 2016. La primera vez en la jornada 8, el día 17/02/2016 y la segunda vez en la jornada 14, el día 11/03/2016.

Una multa de ¢500.000.00 (QUINIENTOS MIL COLONES), por permitir que se pusiera en riesgo la seguridad de las personas por no tomar las medidas necesarias que impidan o permitan en sus estadios el ingreso, la venta, expendio o propagación de material pirotécnico, pólvora, o cualquier material inflamable que cause o pueda causar riesgo de incendio o conflagración invasiva, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015 2016.

Una multa de ¢250.000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES), por presentarse un jugador a la zona de premiación con vestimenta informal, de conformidad con el artículo 55 punto 16, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

Una multa de ¢250.000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES), por presentarse a la zona de premiación con personas que no están estipulados en Reglamento de Competición (niños, novias o esposas), de conformidad con el artículo 55 punto 16, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

Una multa de ¢250.000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES), ya que uno de sus jugadores se presentó a la premiación con una bandera de color celeste, de conformidad con el artículo 55 punto 16, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

Una multa de ¢250.000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES), toda vez que, solo se premian a jugadores y el cuerpo técnico inscritos ante la Unafut, de conformidad con el artículo 55 punto 16, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

Una multa de ¢250.000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES), al presentarse un miembro del cuerpo técnico, a la zona de premiación con una botella de cerveza, de conformidad con el artículo 55 punto 16, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

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